Junto a otros grupos locales de Ecologistas en Acción aragoneses se ha presentado escrito de propuestas en el trámite de información pública del proyecto de concesión de la instalación de transporte por cable definida como RM5-B en la ampliación de la estación de esquí de Cerler (Huesca).
Se ha hecho constar que la obra que se proyecta supone
la ocupación y transformación irreversible con grave deterioro del medio
natural alpino catalogado de gran valor e interés, como es el caso del Humedal
del Ibón de Basibé y su entorno y el Humedal de “Les Noufons" que figuran
en el Catálogo Nacional de Humedales de Montaña como de gran valor natural y
paisajístico. El desarrollo y ejecución del proyecto de concesión de la
instalación de transporte por cable definida como RM5-B en la ampliación de la
Estación de esquí de Cerler causaría afecciones graves e irreversibles.
Fomento
y Desarrollo del Valle de Benasque (FDVB) considera erróneamente que los
terrenos que quiere obtener y ocupar, están afectados por las obras necesarias
para la ejecución de la primera fase de Proyecto de Interés General de Aragón
de ampliación de la estación de esquí de Cerler (PIGA), cuando la realidad es
bien distinta. El PIGA, aprobado hace ya ocho años, se utiliza para dar
cobertura formal a unas obras que poco tiene que ver con las previstas en este
instrumento.
Ante
la imposibilidad de ejecutar la estación de esquí en los términos aprobados en
el PIGA, se ha optado por redimensionar la actuación proyectada. Esta nueva
actuación requiere, o bien la aprobación de un nuevo PIGA o bien la
modificación del PIGA aprobado en 2012; en cualquiera de los dos casos, es
exigible el sometimiento de esta nueva actuación a evaluación de impacto
ambiental (EIA). Para evitar tener que modificar el PIGA, o aprobar uno nuevo,
y someter la nueva actuación prevista a EIA, ARAMON, con la connivencia del Departamento
de Vertebración Territorial, utiliza el subterfugio de plantear una ejecución
parcial del PIGA aprobado en el año 2012. En esta ejecución parcial está
incluida la implantación del telesilla RM5-B que tiene una repercusión negativa
contra la conservación del medio natural, al que tenemos derecho a disfrutar
todos los ciudadanos, por precepto
constitucional y este derecho general debe de prevalecer sobre los
intereses de una mercantil como FDVB de régimen estrictamente privado.
La
realidad, como se ha dicho, y se conoce bien desde el Departamento de
Vertebración del Territorio, es que se va a ejecutar algo distinto a lo
previsto en el PIGA aprobado en el año 2012. El documento que refleja las
actuaciones que realmente se quieren llevar a cabo en este momento, es el
denominado “Plan de Obras” redactado por ARAMON. Se trata de un documento que no
ha sido aprobado por ningún órgano de la Administración autonómica y
simplemente se ha comunicado al Departamento de Vertebración Territorial y al
INAGA.
En relación con el
PIGA, como hemos dicho muchas veces, habría que considerar que este instrumento
está caducado, al haber incumplido la empresa promotora los plazos de inicio,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 Ley 4/2009, de 22 de junio, de
Ordenación del Territorio de Aragón (LOTA), disposición legal vigente en el
momento de la aprobación del PIGA.
La caducidad del
PIGA tiene como consecuencia que ha quedado sin efecto la declaración de
utilidad pública e interés social de las obras previstas, por lo que no podrían
expropiarse los bienes afectados a la ejecución de éstas.
Hay que recordar que
la DIA establecía que, en el supuesto de que las obras no se iniciaran en el
periodo de dos años desde su formulación, el promotor quedaba
obligado a someter nuevamente el proyecto a informe de compatibilidad ambiental
ante el órgano competente, para que, en su caso, pueda ser modificado o
ampliado dicho condicionado, con objeto de garantizar la adecuación del mismo a
la evolución de los conocimientos.
La consecuencia de la pérdida de vigencia de la DIA es que ARAMON, entidad promotora del PIGA y en la actualidad su subsidiaria FDVB, deberá iniciar nuevamente el trámite de evaluación ambiental de este proyecto, conforme a lo establecido en la referida Ley. Consecuentemente, no tiene sentido resolver por esa Dirección General de Transporte la necesidad de la ocupación de los bienes y derechos incluidos en la relación que se somete a información pública, cuando está pendiente de que el Proyecto se someta a evaluación ambiental, lo que condicionará, sin duda, derechos de los ciudadanos de rango superior a los de una mercantil privada, más aún teniendo en cuenta que debe prevalecer el interés general y el estricto cumplimiento de la normas y leyes urbanísticas, ambientales adaptándose a los trámites administrativos que estas determinan en tiempo y forma.
Por todo ello, este grupo ecologista solicita que se paralice el procedimiento de ocupación y transformación irreversible del Humedal del Ibón de Basibé y su entorno y el Humedal de Les Noufons" y que se desestime la ejecución de proyecto alguno hasta que tanto el PIGA como los trámites ambientales cumplan la legalidad.
Para conocer un poco más:
https://ribagorzaenaccion.blogspot.com/search?q=castanesa